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Requisitos mínimos para acceder al cobro de Premios y Subsidios:
- Completar el formulario de solicitud de reclamo por Servicio de Solidaridad (Casa Central y Sucursales).
- Presentar documento de identidad vigente.
- Tener una antigüedad mínima de 9 (nueve) meses.
- Estar al día en el momento del evento (Aporte, Solidaridad, Fondo Construcción, Crédito y Tarjeta de Crédito).
- Tiempo máximo de reclamo 90 (noventa) días posterior al evento (a excepción de Egreso Universitario).
Se establece un premio al socio/a que haya egresado con un titulo habilitante en Universidades Publicas, Privadas o Extranjeras, o en aquellas facultades del país en donde sea 4 (cuatro) años mínimo de estudio para concluirla.
Monto a percibir Gs. 700.000 (guaraníes setecientos mil )
Requisito Específico:
- Copia Autenticada del titulo visado por el MEC y/o Rectorado
- Copia de Certificado de Estudio
*La carrera debe de contar con 4 (cuatro) años mínimo de estudio.
*El plazo máximo para reclamo del premio es de 120 días a partir de la fecha de visación.
Se establece un premio al socio/a que contraiga matrimonio, en caso de que ambos sean socios, deben de presentar en forma paralela la solicitud para el cobro.
Monto a percibir: Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil)
Requisito Específico:
- Certificado de matrimonio y/o libreta de familia del Registro Civil Original o copia autenticada.
*En caso de que el ambos sean socios deben de presentar por separado los requerimientos.
Se establece un premio al socio/a por cada hijo/a nacido/a, en caso de que ambos sean socios, deben de presentar en forma paralela la solicitud para el cobro. En caso de nacimiento múltiple se pagará por cada hijo nacido vivo.
Monto a percibir: Gs. 600.000 (guaraníes síes cientos mil)
Requisito Específico:
- Certificado y/o Acta de nacimiento del Registro Civil Original o copia autenticada.
*En caso de que el ambos sean socios deben de presentar por separado los requerimientos.
Se establece un premio al socio/a por cada adopción plena, en caso de que ambos sean socios, deben de presentar en forma paralela la solicitud para el cobro.
Monto a percibir: Gs. 600.000 (guaraníes síes cientos mil)
Requisito Específico:
- Certificado y/o Acta de nacimiento del Registro Civil Original o copia autenticada.
- Sentencia Judicial de Adopción Plena
*En caso de que el ambos sean socios deben de presentar por separado los requerimientos.
Se establece un subsidio por internación hospitalaria del socio, por un período no mayor a siete (7) días en el año.
Monto a percibir: Gs. 120.000 (guaraníes ciento veinte mil) por día
Requisito Específico
- Certificado de internación expedido por la institución
- Descargar formulario de internación
Observación:
* La constancia debe de contener la información del paciente (Nombre y apellido), diagnóstico y médico tratante (Firma y Sello), fecha de expedición y días de internación (desde/hasta), sello y/o membrete de la institución.
* Se exceptúan las internaciones por parto normal, cesárea, cirugía plástica, accidentes de tránsito, extracciones dentarias, con fines de diagnóstico, tratamiento por esterilidad y anticoncepción.
* La Cooperativa se reserva el derecho de verificar el hecho con un especialista del área.
Se establece un subsidio por incapacidad total y permanente, por un período de 12 (doce) meses consecutivos, por única vez. Se entiende que es la imposibilidad del socio de ejercer cualquier trabajo, arte u oficio por el resto de su vida. No se considerara la incapacidad por senilidad avanzada (vejez).
Monto a percibir: Gs. 200.000 (guaraníes doscientos mil) mensual por un periodo máximo de 12 (doce) meses.
Requisito Específico
- Certificado médico, el cual debe contener: Nombre, apellido, número de cédula de identidad y diagnóstico del paciente, número del registro profesional y firma y sello del médico.
Observación:
* Este subsidio deberá ser retirado mensualmente por el socio o persona debidamente autorizada.
* Quedará cancelado si falleciere el socio en el tiempo de goce de este beneficio.
* La Cooperativa se reserva el derecho de verificar el hecho con un especialista del área.
Se establece un subsidio por fallecimiento del Socio Titular
El monto a percibir Gs. 3.000.000 (guaraníes tres millones)
Requisito Específico:
- Certificado de defunción o acta del Registro Civil original o copia autenticada.
- Copia de la cédula de identidad del fallecido y de la persona recurrente.
- Constancia de gasto y/o contrato de sepelio (pre-pago) original o copia.
- Certificado de nacimiento o Libreta de familia del Registro Civil, original o copia autenticada. (hijo o hermano).
- Certificado de Matrimonio o Libreta de familia del Registro Civil original o copia autentica (Cónyuge).
- Declaración Jurada ante escribano público, para el /la concubino/a, de haber mantenido unión de hecho con el/ la causante, acompañado de la copia de cédula de cada autorizante.
- Declaración Jurada o Manifestación de Voluntad ante escribano público, con firma de el/los heredero/os.
- Copia autenticada de la libreta de familia o acta de matrimonio del registro civil de los padres y certificado de nacimiento del/a causante y del/la solicitante para tíos, primos, hasta demostrar su descendencia.
Se establece los siguientes subsidios según el caso:
Cónyuge Socio/a: Gs. 1.000.000 (guaraníes un millón)
Cónyuge no Socio/a: Gs. 1.700.000 (guaraníes un millón setecientos mil)
Requisitos específicos:
- Certificado de defunción o acta del Registro Civil original o copia autenticada.
- Copia de la cédula de identidad del fallecido y de la persona recurrente.
- Certificado de Matrimonio y/o Libreta de familia del Registro Civil original y/o copia autenticada, o declaración testifical de haber mantenido unión de hecho o matrimonio aparente.
Se establece un subsidio por fallecimiento de padres del socio titular
El monto a percibir Gs. 600.000 (guaraníes seiscientos mil)
Requisito Específico:
- Certificado de defunción o acta del Registro Civil original o copia autenticada.
- Certificado de Nacimiento o libreta de familia del Registro Civil, original o copia autenticada del reclamante.
- Copia de la cédula de identidad del fallecido y de la persona recurrente.
Se establece los siguientes subsidios según el caso:
Hijo/a menor de edad y soltero/a: Gs. 1.000.000 (guaraníes un millón)
Hijo/a con capacidad diferente: Gs. 1.000.000 (guaraníes un millón)
Requisitos específicos:
- Certificado de Nacimiento y/o Acta del Registro Civil original y/o copia autenticada.
- Certificado de defunción o acta del Registro Civil original o copia autenticada.
- Copia de la cédula de identidad del fallecido y del/la socio/a.
- Certificado médico que justifique la discapacidad.(en caso de hijo con capacidad diferente)
Se establece el siguiente subsidio por nacido muerto a partir de las 24 semanas de gestación.
Nacido muerto: Gs. 1.000.000 (guaraníes un millón)
Requisito específico:
- Constancia expedida por el Ministerio de Salud, que debe estar debidamente completada, original o fotocopia autenticada.